GIPUZKOA: ¿Tiene bienes y derechos en el extranjero?

Debe presentar la declaración de bienes en el extranjero entre el 1 de abril y el 30 de junio.

GIPUZKOA: ¿Tiene bienes y derechos en el extranjero?

Recuerde que entre el 1 de abril y el 30 de junio debe presentarse el modelo 720, de declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero, correspondiente al año 2023. A estos efectos, tenga en cuenta que:

Va a tener que presentarlo si a 31-12-2023 tenía cuentas bancarias (por ejemplo, un depósito), valores (por ejemplo, acciones o fondos de inversión) o inmuebles en el extranjero, valorados en más de 50.000 euros.

Si ya presentó el modelo el año pasado o en años anteriores, salvo en el caso de los inmuebles, va a tener que volver a presentarlo si el valor conjunto de alguno de sus grupos de bienes supera el umbral de 50.000 euros.

En el caso de inmuebles y derechos sobre ellos, solo tiene que presentar el modelo si experimentan un incremento superior a 20.000 euros respecto del importe que determinó la presentación de la última declaración, salvo que ese año tenga obligación de informar sobre cualquiera de las otras categorías de bienes. En ese supuesto, también debe informar sobre los inmuebles o derechos sobre ellos, aunque no exista ese incremento.

Asimismo, recuerde que en ese mismo plazo tiene que presentar el nuevo modelo 721, de declaración informativa sobre monedas virtuales en el extranjero, relativo al citado ejercicio.   

Si es titular de bienes y derechos en el extranjero, consúltenos. Nuestros profesionales comprobarán si debe presentar estos modelos y le ayudarán a cumplir con esta obligación.